Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia acaba de hacer uno de los pronunciamientos más importantes en justicia de género que se han dictado recientemente, al fijar una serie de parámetros que los jueces de todo el país deben tener en cuenta a la hora de estudiar casos que comprometen derechos de parejas con orientación sexual o identidad de género diversas.
Luego de hacer un análisis del rol de la judicatura en la protección de grupos históricamente discriminados, como la población LGBTI, el alto tribunal sentó una ruta para evaluar las pruebas en casos como una unión marital de hecho de una pareja del mismo sexo que, por culpa de los estereotipos, prefirió
mantenerse oculta o expresarse solo en círculos cerrados.
En primer lugar, el alto tribunal dijo que los jueces deben aplicar una perspectiva de género para leer transversalmente de forma correcta la realidad de la población LGBTI, y tomar medidas afirmativas con un enfoque diferencial.
Esto implica reconocer, establecer y visibilizar el contexto de discriminación histórica hacia las parejas con una sexualidad o identidad de género diversa que difieren de las normas de familia convencionales.
En ese sentido, la Sala reprochó cómo «la colectividad hegemónica mantiene la creencia generalizada, exagerada y errónea de que todos los hombres y mujeres son o deben ser heterosexuales». Y cuestionó que ese sea el parámetro de aceptación y única orientación sexual viable, en detrimento de los derechos de las personas con orientación sexual diversa.
«La segregación social de las personas con orientación sexual diversa o de identidad de género, o expresiones de género o con características corporales que difieren del binario masculino-femenino, es innegable», dijo el alto tribunal con ponencia del magistrado Luis Armando Tolosa.
La Corte reconoció que «en los estereotipos de género se acentúan los procesos de asimilación y contraste, y se robustece la identidad heterosexual en demérito de la identidad minoritaria. Se genera así un statu quo en la relación intergrupal. La comprensión fantasiosa del mundo heterosexual es el modelo a seguir y ninguna otra orientación tiene cabida».
Según la Sala, «el juez debe comprender que conceptualmente se presentan una serie de categorías, de las que, si no es consciente, alteran la forma de solucionar el caso».
«Se trata de las categorías de estereotipo, prejuicio y discriminación, las cuales históricamente han marcado la relación entre los grupos enfrentados y la dialéctica entre la visión dominante que solo admite la relación binaria hombre-mujer, y la de los grupos minoritarios o exogrupos, que repercute derechamente en la segregación de los grupos diversos y en sus relaciones de pareja o de familia».
La primera categoría, la de los estereotipos, atañe a las creencias generalizadas
sobre las características de un grupo.
Los prejuicios, en segundo lugar, dijo la Corte, tienen que ver con la actitud, emociones y juicios de valor negativos e injustificados sobre la otra persona, como cuando se dice «esa persona es rara».
Y la discriminación tiene que ver con el comportamiento que materializa los estereotipos y prejuicios al dar en la vida real un trato diferente al grupo diverso.
«Esas tres categorías, como relación tríadica, comportan sesgos cognitivos o epistemológicos que distorsionan severa, drástica y profundamente la percepción de las personas, y por supuesto, del investigador, del abogado o del juez. El imaginario construido es asumido como el correcto y cierto; inclusive, frente a la evidencia en contrario, y su equivocidad, se valida sin parar mientes en la individualidad del ser», dijo la Sala Civil.
Agregó que «los contextos de discriminación que viven las personas con orientación sexual diversa, en efecto, parten de la misma dinámica; reconocerla y comprenderla es el primer paso a emprender por la sociedad, sus instituciones, el derecho y los jueces en particular, para evitar que esa realidad se perpetúe y así pueda ayudar a su eliminación».
«Los actos discriminatorios violentan esa especificidad y variabilidad individual y social, instrumentalizan la persona para justificar el trato inhumano de una superioridad y para doblegar al otro y engendrar la diferencia. La destierra a lugares de donde no pueden salir, presa de temor y miedo. Banaliza su existencia y niegan sus expresiones: relaciones, roles, en general, todo cuanto hace un ser humano», insistió la Sala.

Fuente: El Tiempo, El Diverso